Un breve balance de la reforma constitucional de 1994, 20 años después
La reforma de 1994 implicó, definitivamente, una mejora en relación a la anterior Constitución de 1853. Sin embargo, representa un ejemplo de una oportunidad perdida y, tras 20 años de su sanción, resulta relevante señalar sus déficits y defectos. En los años 80 existía un claro consenso académico y...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | Argentina |
| Institución: | Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas |
| Repositorio: | CONICET Digital (CONICET) |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ri.conicet.gov.ar:11336/112879 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11336/112879 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Reforma constitucional Derechos sociales https://purl.org/becyt/ford/5.5 https://purl.org/becyt/ford/5 |
| Sumario: | La reforma de 1994 implicó, definitivamente, una mejora en relación a la anterior Constitución de 1853. Sin embargo, representa un ejemplo de una oportunidad perdida y, tras 20 años de su sanción, resulta relevante señalar sus déficits y defectos. En los años 80 existía un claro consenso académico y político en torno a la importancia de resolver la inestabilidad democrática que afectaba a toda América Latina. Un mal diseño constitucional que acentuaba el hiperpresidencialismo era entendido como en gran medida responsable de la crisis política. La Constitución de 1994 mantuvo una organización de poder centrada en el Ejecutivo. La reforma se caracterizó por su tendencia acumulativa, en vez de sintética, lo que se ve reflejado en la amplia incorporación de “nuevos derechos” en materia de derechos humanos. Las energías estuvieron puestas en la ampliación del listado de derechos existentes cuando, al mismo tiempo, se descuidó otra sección muy importante de la Constitución: la organización del poder. La incorporación de organismos e instituciones como el Consejo de la Magistratura o el Jefe de Gabinete cambiaron el sistema institucional pero no han servido para democratizar el poder. Por otro lado, las soluciones “acumulativas” derivaron en problemas en su efectivización, en la medida en que ciertos nuevos derechos e instituciones entran en tensión con otros ya existentes. |
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