La “Ley Sáenz Peña” y su recepción en la legislación electoral de la provincia de Mendoza (1910-1912)
En abril de 1912 Mendoza adoptó los principios de la “Ley Sáenz Peña” mediante la sanción de una nueva ley electoral, convirtiéndose en la primera provincia en receptar su contenido en su legislación local. Pero el proceso reformista comenzó un año antes con otra ley, promovida por el gobernador Ruf...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | Argentina |
| Institución: | Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas |
| Repositorio: | CONICET Digital (CONICET) |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ri.conicet.gov.ar:11336/167713 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11336/167713 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | LEY SÁENZ PEÑA REFORMISMO LEYES PROVINCIALES REFORMAS ELECTORALES https://purl.org/becyt/ford/6.1 https://purl.org/becyt/ford/6 |
| Sumario: | En abril de 1912 Mendoza adoptó los principios de la “Ley Sáenz Peña” mediante la sanción de una nueva ley electoral, convirtiéndose en la primera provincia en receptar su contenido en su legislación local. Pero el proceso reformista comenzó un año antes con otra ley, promovida por el gobernador Rufino Ortega (h), en el marco de su ruptura con su antecesor Emilio Civit y de su alineamiento con la acción reformista del presidente. El presente artículo reconstruye las coyunturas y las particularidades que signaron la evolución del ordenamiento normativo electoral de la provincia, contextualizando tal proceso en el marco de la reconfiguración de la elite dirigente local que tuvo lugar luego del Centenario. Para ello se examina la morfología de las dos leyes electorales locales del período y los principales cambios que introdujeron en el sistema electoral provincial, junto con el impacto inmediato operado en la dinámica partidaria. Por último, se indaga en torno a la singularidad del proceso reformista mendocino a la luz de lo sucedido en otras provincias. |
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