Evolución y actualidad de la responsabilidad civil

A partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación se han producido cambios significativos en el ámbito de la responsabilidad por daños. Se ha logrado la sistematización de los derechos: los que recaen sobre la persona, sobre el patrimonio, los derechos individuales y los d...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Moreno, Valeria
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2018
País:Argentina
Institución:Universidad Nacional de La Plata
Repositorio:SEDICI (UNLP)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/73550
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/73550
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Ciencias Jurídicas
daño
antijuridicidad
Responsabilidad Civil
Causalidad
unificación
reparación plena
responsabilidad colectiva
Descripción
Sumario:A partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación se han producido cambios significativos en el ámbito de la responsabilidad por daños. Se ha logrado la sistematización de los derechos: los que recaen sobre la persona, sobre el patrimonio, los derechos individuales y los de incidencia colectiva. La responsabilidad individual se distingue de la grupal y anónima. Las funciones de la responsabilidad se amplían con la finalidad de prevenir las consecuencias dañosas; la prevención del daño tiene un tratamiento especial en el nuevo ordenamiento. El sistema legal unifica la reparación en el ámbito contractual y extracontractual pero pueden observarse diferencias que se mantienen en razón de la naturaleza propia de cada ámbito. Asistimos a la inclusión expresa de los factores objetivos de atribución de responsabilidad. En ausencia de normativa, el factor de aplicación es la “culpa". Se consolida la teoría de la causalidad adecuada y se incluye la previsibilidad en materia contractual. La regla principal en materia de antijuridicidad es que la acción u omisión dañosa es antijurídica, salvo que se pruebe que está justificada. Hay daño resarcible cuando se causa una lesión a un derecho o a un interés que no sea contrario al ordenamiento jurídico.