LA POLÍTICA DE LA UNIÓN EUROPEA SOBRE LAS PENSIONES DE VEJEZ
La dimensión social era ajena a la regulación comunitaria. El envejecimiento demográfico, los sistemas de pensiones, su viabilidad financiera y su incidencia en las finanzas públicas, en los mercados de trabajo y de capital, propiciaron la intervención comunitaria a partir de 2000. La estrategia en...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2011 |
| País: | México |
| Institución: | Universidad Nacional Autónoma de México |
| Repositorio: | Redalyc-UNAM |
| OAI Identifier: | oai:redalyc.org:429640267002 |
| Acceso en línea: | https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=429640267002 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Derecho vejez Europa Pensiones Unión Europea financiamiento |
| Sumario: | La dimensión social era ajena a la regulación comunitaria. El envejecimiento demográfico, los sistemas de pensiones, su viabilidad financiera y su incidencia en las finanzas públicas, en los mercados de trabajo y de capital, propiciaron la intervención comunitaria a partir de 2000. La estrategia en la materia se orienta hacia un planteamiento global que comprende principios, objetivos comunes e interacción de las políticas de empleo, económica y de protección social. Si bien la tendencia de los lineamientos es hacia la conservación de los sistemas tradicionales y se buscan soluciones con miras a garantizar ingresos seguros y viables con sistemas adaptables al nuevo contexto económico, los mismos se mueven dentro de una posición “intermedia liberal” en donde es observable la reducción de las tasas de reemplazo y la potencialización de los esquemas complementarios de capitalización, que se traduce en una nueva inserción de regulación de lo social. |
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