Relaciones sexuales mutuamente decididas y modificación unilateral de las condiciones del consentimiento prestado (stealthing)
La responsabilidad por la comisión de un delito contra la libertad sexual requiere, como cualquier otra infracción penal, que la conducta desvalorada cumpla con todos los elementos de un injusto típico. En este trabajo se plantean dudas acerca del castigo del stealthing como delito contra la libe...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2025 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Jaén |
| Repositorio: | RUJA. Repositorio Institucional de la Producción Científica de la Universidad de Jaén |
| OAI Identifier: | oai:ruja.ujaen.es:10953/7182 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10953/7182 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Stealthing consentimiento sexual delitos contra la libertad sexual engaño consentimiento viciado. 000000 |
| Sumario: | La responsabilidad por la comisión de un delito contra la libertad sexual requiere, como cualquier otra infracción penal, que la conducta desvalorada cumpla con todos los elementos de un injusto típico. En este trabajo se plantean dudas acerca del castigo del stealthing como delito contra la libertad sexual, dado que claramente se ha consentido el acto sexual esencial (la penetración), así como cuándo, dónde y con quién se ha mantenido tal relación. El acto concreto de penetración (sin preservativo) no parece constituir un acto de naturaleza sexual inequívocamente distinto al inicialmente consentido (con p reservativo). Cabe considerar que no cualquier modificación en la forma de practicar el acto sexual distinta a la acordada no debe ser sancionada penalmente, sino solo cuando suponga una desviación del comportamiento clara e inequívocamente relevante desde un punto de vista valorativo. |
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