Espanya, & II, F. (1575). Apuntamientos cerca dela orden que se ha de tener y guardar en el hazimiento y arrendamiento que se ha de hazer de las rentas de su Magestad, en virtud de su real cedula que para ello se embia alas Ciudades y villas destos Reynos, y lo que sobre esto parece se deue aduertir y preuenir en general, de mas delo que en particular occurrira alos Corregidores y justicias y Diputados de rentas de los pueblos, para que en todo aya buen recaudo y razon que conuiene.
Chicago Style CitationEspanya, and Felip II. Apuntamientos Cerca Dela Orden Que Se Ha De Tener Y Guardar En El Hazimiento Y Arrendamiento Que Se Ha De Hazer De Las Rentas De Su Magestad, En Virtud De Su Real Cedula Que Para Ello Se Embia Alas Ciudades Y Villas Destos Reynos, Y Lo Que Sobre Esto Parece Se Deue Aduertir Y Preuenir En General, De Mas Delo Que En Particular Occurrira Alos Corregidores Y Justicias Y Diputados De Rentas De Los Pueblos, Para Que En Todo Aya Buen Recaudo Y Razon Que Conuiene. 1575.
MLA CitationEspanya, and Felip II. Apuntamientos Cerca Dela Orden Que Se Ha De Tener Y Guardar En El Hazimiento Y Arrendamiento Que Se Ha De Hazer De Las Rentas De Su Magestad, En Virtud De Su Real Cedula Que Para Ello Se Embia Alas Ciudades Y Villas Destos Reynos, Y Lo Que Sobre Esto Parece Se Deue Aduertir Y Preuenir En General, De Mas Delo Que En Particular Occurrira Alos Corregidores Y Justicias Y Diputados De Rentas De Los Pueblos, Para Que En Todo Aya Buen Recaudo Y Razon Que Conuiene. 1575.