¿Tiene derecho la abuela que acoge a su nieta al complemento para la reducción de la brecha de género? Comentario a la STSJ de la Comunidad Valenciana de 23 de septiembre de 2025
En este comentario se analiza la STSJ de la Sala de lo Social de la Comunidad Valenciana, de 23 de septiembre de 2025, en la que se aborda el alcance que, desde una vertiente subjetiva, debe darse al complemento para la reducción de la brecha de género sobre una pensión contributiva, valorándose si...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2026 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:dnet:recercat____::85fd28fa76715eabdab30184a2ee6bd6 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10459.1/470086 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Brecha de género Pensiones públicas Discriminación Acogimiento familiar |
| Sumario: | En este comentario se analiza la STSJ de la Sala de lo Social de la Comunidad Valenciana, de 23 de septiembre de 2025, en la que se aborda el alcance que, desde una vertiente subjetiva, debe darse al complemento para la reducción de la brecha de género sobre una pensión contributiva, valorándose si dicho complemento ha de tener como personas beneficiarias únicamente a las personas progenitoras por el cuidado de hijos/as, de filiación natural o adoptiva o, si por el contrario, el ámbito subjetivo de este complemento admite una interpretación amplia y, en consecuencia, puede extenderse también a otras personas que ante la imposibilidad de la adopción y por medio la figura del acogimiento familiar, acreditan el correspondiente cuidado y dedicación al menor o a la menor. |
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