Protección de datos de carácter personal y derechos de información de los representantes de los trabajadores
El derecho de protección de datos se ha planteado como un derecho fundamental en sí mismo, derivado de la inicial previsión constitucional recogida en el art. 18.4 de la Constitución, y que, dada la extensión de su propio objeto (la protección frente a las injerencias de terceros en la recogida, uso...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2013 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/91056 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11441/91056 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Protección de datos Derechos de información Representantes de los trabajadores Data protection Right to information Representatives of the workers |
| Sumario: | El derecho de protección de datos se ha planteado como un derecho fundamental en sí mismo, derivado de la inicial previsión constitucional recogida en el art. 18.4 de la Constitución, y que, dada la extensión de su propio objeto (la protección frente a las injerencias de terceros en la recogida, uso, tratamiento y trasmisión de datos de carácter personal), se ha construido sobre la distinción del derecho original a la intimidad. Ello ha creado una serie de problemas de interpretación muy interesantes, sobre todo cuando se ha pretendido hacer valer tal derecho en el curso de la relación de trabajo y de sus preliminares. Particularmente lo ha sido el debate que ha surgido cuando se pone en relación la protección de datos de carácter personal, como derecho individual y personalísimo, con los derechos de información de los representantes de los trabajadores, que, bien por su vinculación al derecho de igualdad efectiva de los representados –en el que se fundamentan determinadas competencias atribuidas legal o convencionalmente a aquéllos-, bien por ser contenido del derecho de libertad sindical, gozan también de protección constitucional. En el presente trabajo se han tratado de poner de manifiesto las dificultades a la hora de cohonestar los derechos e intereses en juego, partiendo de las divergentes soluciones –jurisprudenciales, constitucionales y administrativas- y aportando ideas sobre lo que se entiende una necesaria concreción del tema a la hora de la búsqueda de soluciones adecuadas que tengan en consideración un tratamiento especial del tema que, hasta ahora, no ha recibido del legislador.. |
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