La gestión de las crisis sanitarias en España y México

La pandemia de COVID-19 que se declaró en 2020 puso de manifiesto no sólo que las medidas a adoptar durante la gestión de una crisis sanitaria no se habían modernizado notablemente, sino que el Derecho que las debe respaldar lo ha hecho en mucha menor medida, al centrar su atención en los peligros p...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Cabanas-Veiga, Manuel
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2025
País:España
Institución:Universitat de Lleida (UdL)
Repositorio:Repositori Obert UdL
OAI Identifier:oai:repositori.udl.cat:10459.1/467783
Acceso en línea:https://doi.org/10.14718/NovumJus.2025.19.1.3
https://hdl.handle.net/10459.1/467783
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Covid-19
Derecho de excepción
Estado de alarma
Estado de excepción
Estado de sitio
Suspensión de garantías
Descripción
Sumario:La pandemia de COVID-19 que se declaró en 2020 puso de manifiesto no sólo que las medidas a adoptar durante la gestión de una crisis sanitaria no se habían modernizado notablemente, sino que el Derecho que las debe respaldar lo ha hecho en mucha menor medida, al centrar su atención en los peligros procedentes de actos humanos violentos y no tanto en los de agentes infecciosos. Por ello, en este trabajo analizaremos los mecanismos de excepcionalidad que se encuentran regulados tanto en España como México para observar cuál es adecuado adoptar durante una pandemia y bajo qué circunstancias, con la finalidad de que tal perspectiva nos sirva para retroalimentar una mejora en ambos ordenamientos, mediante la manifestación de las carencias y fortalezas existentes en las dos normativas, tomando como referencia los supuestos de aplicación, procedimiento de declaración, prórroga, finalización y los controles a los que se encuentran sometidos los poderes en uno y otro.