Liquidación contrato estatal bajo el vencimiento del término legal de liquidación y la caducidad del medio de control de controversias contractuales
La liquidación del contrato estatal corresponde al procedimiento a través del cual se establece un ajuste de cuentas acerca de cómo se desarrolló su ejecución, resolviendo, según el Consejo de Estado, las obligaciones pendientes (Auto exp. 25927). Es vinculante para contratos de tracto sucesivo, con...
| Autores: | , , |
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Libre |
| Repositorio: | RIU - Repositorio Institucional UniLibre |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repository.unilibre.edu.co:10901/21901 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10901/21901 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Liquidación Contrato estatal Ley 1150 de 2007 Código de Procedimiento Administrativo El acta de liquidación Efectos de la caducidad Liquidation State contract Law 1150 of 2007 Administrative Procedure Code Liquidation certificate Effects of expiration Contratos públicos Caducidad (Derecho)--Colombia |
| Sumario: | La liquidación del contrato estatal corresponde al procedimiento a través del cual se establece un ajuste de cuentas acerca de cómo se desarrolló su ejecución, resolviendo, según el Consejo de Estado, las obligaciones pendientes (Auto exp. 25927). Es vinculante para contratos de tracto sucesivo, contratos de ejecución prolongada, y para todos aquellos que lo requieran, según el artículo 60 de la Ley 80 de 1993. Ello, conforme a que las normas de liquidación de contratos estatales, al ser disposiciones de orden público, son de obligatorio cumplimiento; además, en virtud de la seguridad jurídica y de la primacía del interés general sobre el particular, dicho concepto de obligatoriedad se hace más riguroso (De Solas R. & Ariño O., 1990, pág. 24). De este modo, a continuación de la terminación de la ejecución contractual, de forma normal o anormal, se extingue el “circuito negocial”, que amerita la realización de un balance económico exclusivo de los términos pactados en el contrato, mas no una imputación de responsabilidad por incumplimiento (Dávila V., 2003, pág. 555 y 559), a fin de establecer cuáles son los arreglos que deben hacerse para quedar a paz y salvo (Sentencia rad. 68001- 23-15-000-1995-01233-01(16370), 2007). |
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