Los enunciados jurídicos internos la concepción de Eugenio Bulygin

En este trabajo analizo la concepción de Eugenio Bulygin respecto de aquellos enunciados jurídicos que afirman que una cierta acción es jurídicamente obligatoria, prohibida o permitida. Conforme a Bulygin, estos enunciados son ambiguos. ellos pueden ser enunciados empíricos externos que afirman la e...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Redondo, Maria Cristina
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2013
País:Argentina
Institución:Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Repositorio:CONICET Digital (CONICET)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ri.conicet.gov.ar:11336/24773
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11336/24773
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:VALIDEZ JURIDICA
EUGENIO BULYGIN
ENUNCIADOS JURIDICOS
HECHOS NORMATIVOS
https://purl.org/becyt/ford/5.5
https://purl.org/becyt/ford/5
Descripción
Sumario:En este trabajo analizo la concepción de Eugenio Bulygin respecto de aquellos enunciados jurídicos que afirman que una cierta acción es jurídicamente obligatoria, prohibida o permitida. Conforme a Bulygin, estos enunciados son ambiguos. ellos pueden ser enunciados empíricos externos que afirman la existencia o validez de una norma, o pueden ser enunciados normativos internos que expresan una norma, o una actitud moral absoluta. en el trabajo sostengo que, para una concepción positivista, si el derecho es concebido como un conjunto de normas, los enunciados bajo análisis no enuncian un hecho empírico, pero tampoco expresan una actitud moral absoluta. ellos ciertamente enuncian un hecho normativo: la validez o existencia jurídica de una entidad normativa, que es relativa a un determinado tiempo y lugar. en mi opinión, la dificultad de Bulygin para admitir este tipo de enunciados se debe fundamentalmente a la presuposición de una falsa dicotomía entre dos modos en los que una entidad puede existir: uno empírico (relativo) y otro normativo (absoluto). Con el fin de criticar esta aparente dicotomía presento brevemente una concepción constructivista de la existencia de normas. Si mi razonamiento es correcto, esta concepción es adecuada para explicar, desde una perspectiva teórica positivista, aquellos enunciados que expresan el hecho normativo de la existencia o validez jurídica de una norma.